escolarizacion

Información general: 

https://www.juntadeandalucia.es/educacion/portales/web/escolarizacion/infantil-a-bachillerato

La Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional convoca el procedimiento de admisión del alumnado en los centros docentes públicos y privados concertados para cursar las enseñanzas de 2º Ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Especial, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato para el curso escolar 2024/25.

Entre los días 1 de marzo y 1 de abril, ambos inclusive, permanecerá abierto en Andalucía el plazo para la presentación de solicitudes de admisión correspondientes al curso escolar 2024/25. Se inicia de este modo el proceso de escolarización en el que participan todos los niños y niñas que se incorporan por primera vez al sistema educativo, tanto en centros públicos como privados concertados, así como el alumnado que cambie de centro escolar.

Continúa publicada, con nuevas mejoras, la aplicación para smartphones que permite realizar consultas de centros así como de los puntos del baremo por domicilio.

Por su parte, los centros educativos publican la relación de puestos escolares vacantes así como la información sobre las direcciones catastrales comprendidas en sus áreas de influencia y áreas limítrofes. Cuando la oferta de plazas coincida o sea superior a la demanda, los solicitantes serán admitidos. Solo en aquellos casos donde no se pueda atender toda la demanda, se procederá a la baremación de las solicitudes.

Los centros harán pública en su tablón de anuncios, hasta el 15 de abril, la relación de solicitantes con la puntuación asignada y, a partir de esa fecha, se abrirá un plazo de 10 días lectivos para la presentación de alegaciones. Si tras la aplicación de los criterios de baremación se producen empates, se aplicará el resultado del sorteo público que se celebrará el día 13 de mayo de 2024. La relación definitiva de admitidos y no admitidos saldrá el 14 de mayo.

AVISO IMPORTANTE SOBRE ACREDITACIÓN: Según el artículo 46 del Decreto regulador de los criterios y el procedimiento de admisión (Decreto 21/2020, de 17 de febrero), y en su apartado 5 se prevé que, en caso de que los datos que figuren en la solicitud o en la documentación que la persona interesada adjunte para la acreditación de aquellos criterios que pretende que le sean tenidos en cuenta en el procedimiento de admisión (como domicilio familiar o laboral) no se ajusten a las circunstancias reales del alumno o alumna, no sólo perderá ésta, todos los derechos de prioridad que puedan corresponderle por los datos referidos, sino que la Administración comunicará al Ministerio Fiscal, así como al Juzgado de Instrucción competente estos hechos, en orden a que, por su parte, puedan adoptarse aquellas medidas consideradas oportunas en relación a las responsabilidades en las que se pueda haber incurrido por parte de la persona solicitante.

     

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